miércoles, 11 de diciembre de 2013

torturas a Martxelo Otamendi-Caso Egunkaria


Tribunal Europeo de Derechos Humanos 


Caso Martxelo Otamendi Egiguren contra España.
 Sentencia de 16 octubre 2012
JUR\2012\329855
Jurisdicción: Protección Europea de Derechos Humanos
Demanda núm. 47303/2008
(Se trata sobre torturas a Director de periodico Egunkaria)


EL MEDICO FORENSE DICE:

En su informe de 21 de febrero de 2003, el médico forense mencionaba que el demandante se quejaba de no poder dormir, debido a que habría compartido su celda con otro detenido, habría tenido que estar de pie la mayor parte del tiempo, habría sido obligado a hacer flexiones durante los tres interrogatorios, y habría sido amenazado de sufrir la tortura de la bolsa , consistente en asfixiar a un sujeto cubriéndole la cabeza con una bolsa de plástico. Además, el médico forense señalaba que el demandante insistía sobre los interrogatorios a los que era sometido, diciendo que «estaba cansado, que no tenía marcas de golpes, y que por esta razón no quería ser examinado».

Con motivo de su visita el día 22 de febrero de 2003, el médico forense señaló en su informe que el demandante había rechazado nuevamente ser examinado debido a que no presentaba signos de violencia. Consignó que el interesado afirmó haber sido desvestido y forzado a hacer cientos de flexiones durante los interrogatorios, haber recibido golpes intimidatorios en los órganos genitales y haber sentido la colocación de un objeto metálico en su nuca seguido de un golpe de fuego simulado. Finalmente mencionaba que el interesado «estaba consciente, bien orientado, que (presentaba) un lenguaje fluido (...) y que amenazaba con autolesionarse si no era transferido a la Audiencia Nacional.





MARTXELO OTAMENDI DECLARA INCOMUNICADO ANTE
LA AUDIENCIA NACIONAL

El 24 de febrero de 2003, el demandante fue trasladado a la Audiencia Nacional. Al día siguiente fue llevado, siempre en situación de detención incomunicada, ante el juez central de instrucción núm. 6 de la Audiencia Nacional, al que declaró, en presencia de un abogado –nombrado de oficio debido al régimen de detención incomunicada–, haber sido objeto de malos tratos durante su detención. Expuso que se le había impedido dormir, que, durante los dos primeros días, tuvo que permanecer de pie, que había sido obligado a hacer flexiones y luego a permanecer inmóvil durante dos horas, de pie, torso curvado y cabeza abajo, que sufrió insultos homófobos, que fue desnudado y obligado a adoptar una posición sexual, que se le había colocado un objeto de metal sobre la sien que hacía un ruido similar a una detonación de arma, que en dos ocasiones le cubrieron la cabeza con una bolsa de plástico, que le amenazaron de muerte después de la visita del médico forense del 22 de febrero de 2003. El 25 de febrero de 2003, el juzgado central de instrucción núm. 6 dictó una resolución ordenando la prisión provisional con fianza de 30.000 €. Por un auto de ese mismo día, constató que la fianza había sido pagada y decretó la libertad condicional del demandante.

SENTENCIA:

A la luz de los elementos precedentes, el Tribunal estima que las investigaciones llevadas a cabo en este caso no tuvieron la suficiente profundidad ni eficacia para cumplir las mencionadas exigencias del artículo 3 del Convenio (RCL 1999, 1190, 1572) . A este respecto, señala que a pesar de la insistencia del demandante en denunciar el maltrato, se deduce del expediente que la juez de instrucción núm. 5 de Madrid declaró el sobreseimiento basándose únicamente en los informes médicos y en la declaración del médico forense, sin interrogar al demandante. En la apelación, la Audiencia Provincial de Madrid confirmó el archivo, considerando innecesaria cualquier otra medida de investigación suplementaria. Por tanto, en opinión del Tribunal, los medios de prueba solicitados por el demandante, y en particular el consistente en interrogar a los agentes encargados de la custodia durante su detención, hubieran podido contribuir al esclarecimiento de los hechos, tal como exige la jurisprudencia del Tribunal (apartado 38). El Tribunal insiste en la importancia de adoptar las medidas recomendadas por el CPT para mejorar la calidad de los exámenes médicos de las personas sometidas a la detención incomunicada (apartados 26-28) Considera que la situación de vulnerabilidad de las personas incomunicadas justifica la toma de medidas de vigilancia jurídica apropiada, establecidas por el código de procedimiento penal para los casos de detención incomunicada, para evitar los abusos y proteger la integridad física de los detenidos (apartado 28).

En conclusión, vista la ausencia de una investigación en profundidad y eficaz de las denuncias del demandante (Martínez Sala y otros contra España , núm. 5843800, ap. 156--160, 2 de noviembre de 2004 [TEDH 2004, 65]), según las cuales él habría sufrido malos tratos durante su detención, el Tribunal considera que hubo violación del artículo 3 del Convenio en su vertiente procesal. 



Torturas a los vascos: Más de 9.600 casos en los últimos 50 años



Cuerpo de Joseba Arregi torturado y asesinado

Foto cuerpo Joseba Arregi torturado y asesinado

Foto de Igor Portu, hospitalizado luego de torturas

EN ESPAÑA LA TORTURA ES CULTURA !!!


El Estado Español tortura sistematicamente a revolucionarios vascos!!! En sus salvajadas de interrogatorios ha terminado matando varios militantes vascos y ha dejado a muchisimos con secuelas fisicas y psicologicas para toda la vida;... Es con este sistema que "montan" sus acusaciones y logran quebrar la voluntad del detenido para que asuma cualquier acusacion, esto es, se confiese "voluntariamente" ....


EN ESPAÑA LA TORTURA ES CULTURA

Quien este interesado en informacion elaborada y bien datada sobre torturas del Estado Español con los resistentes y revolucionarios vascos, no puede perderse la lectura de esos dos informes:

http://www.bsolot.info/wp-content/uploads/2011/03/Makazaga_Xabier-Torturadores_y_Cia.pdf
http://www.bsolot.info/wp-content/uploads/2011/03/Makazaga_Xabier-Manual_del_torturador_español.pdf

Impunidad para la tortura y negativa a investigar denuncias de tortura #MadeInSpain! (2)


Impunidad para la tortura y negativa
 a investigar denuncias de tortura #MadeInSpain! 
 ASUNTO SAN ARGIMIRO ISASA CONTRA ESPAÑA
(Demanda no 2507/07)
SENTENCIA ESTRASBURGO
28 de septiembre de 2010 

.......El 19 de mayo de 2002 el demandante (Mikel San Argimiro) fue conducido ante el juez central de instrucción no 1 ante la Audiencia Nacional, donde declaró haber sido objeto de malos tratos durante el período de detención. Visitado por el médico forense aquel día, el demandante se negó a responder a la cuestión del trato que había recibido durante el período de detención, el médico forense se limitó a señalar que durante dicho período, no había detectado ningún rastro de violencia que tuviera un origen cronológico diferente al del de las lesiones descubiertas en el primer informe.

El demandante fue puesto en prisión provisional en el centro penitenciario de Badajoz el 27 de mayo de 2002, día en que fue examinado 23 por el médico del Centro, que descubrió que el demandante tenía una costilla rota en el costado izquierdo.


El Tribunal estima que estas lagunas, conjuntamente con los fallos sistemáticos comprobados por el CPT en este aspecto, constituyen indicios suficientes que habrían debido animar a los tribunales internos a proceder a investigaciones más profundas para intentar clarificar los acontecimientos. 

La desestimación de las solicitudes de admisión de pruebas presentadas por el demandante le privaron de la razonable posibilidad de esclarecer los hechos denunciados.

SENTENCIA MIKEL SAN ARGIMIRO ISASA CONTRA ESPAÑA

El Tribunal considera que las investigaciones llevadas a cabo no han sido ni suficientemente profundas, ni efectivas para cumplir las exigencias ya citadas en el artículo 3. A este respecto, hace notar que la Audiencia Provincial de Madrid se basó, para confirmar el sobreseimiento dictado por el Juez de instrucción, en el hecho de que era difícil identificar a los presuntos autores de los malos tratos alegados, mientras que el demandante sostiene que no abandonó las dependencias de la Dirección General de la Guardia Civil de Madrid durante cinco días y los profesionales de servicio podían ser identificables simplemente pidiendo los registros relativos a este período.

Suponiendo incluso que no fuera posible identificar a los agentes implicados, el Tribunal considera que la identificación habría podido ser facilitada por el visionado de la grabación de la detención, el medio de prueba que, como resulta del expediente, fue solicitado por el demandante y fue rechazado alegando que no aportaría ninguna información suplementaria al asunto. En opinión del Tribunal, el visionado habría podido permitir establecer si las heridas en cuestión efectivamente correspondían a la
manera en la que se había efectuado la detención.

Además, en atención a los resultados no concluyentes del informe del 22 de abril de 2004, en lo que se refiere a la costilla rota, que no fueron totalmente clarificados en el informe del 30 de julio de 2004, el Tribunal no considera excesivo exigir a las autoridades españolas la adopción de medios suplementarios para dilucidar la fecha y las circunstancias en las cuales sobrevino la fractura. 

Por consiguiente, el Tribunal opina que las jurisdicciones internas rechazaron medios de prueba que habrían podido contribuir a la aclaración de los hechos y, más precisamente, a la identificación y castigo de los responsables como lo exige la jurisprudencia del Tribunal (ver § 34 Más arriba) y había sido recomendado por el CPT.

En conclusión, en atención la ausencia de una investigación profunda y efectiva respecto a las alegaciones defendibles del demandante según las cuales había sufrido malos tratos en el curso de la detención, el Tribunal considera que hubo violación del artículo 3 del Convenio en su parte procesal...........

El Tribunal es consciente de las dificultades que un detenido puede encontrar para aportar pruebas de los malos tratos sufridos durante su detención incomunicada, particularmente cuando se trata de alegaciones de actos de malos tratos que no dejan rastro. Sin embargo, a la luz de los argumentos expuestos más arriba concernientes a este caso y a la ausencia de elementos probatorios suficientes, el Tribunal no puede concluir, más allá de toda duda razonable, que el demandante haya estado sometido, durante su detención, a los malos tratos alegados..........






Euskal Herria Askatu: ¿A eso llaman democracia en España?

Euskal Herria Askatu: ¿A eso llaman democracia en España?: ¿Es motivo de cierre de cuentas denunciar torturas y pedir asilo politico? Facebook y Twitter cierran las cuentas de Asier Guridi Zaloña...


ALBA TV vuelve a hacer RT o retweet 

ALBA TV vuelve a hacer RT o retweet con un tweet enviado por Asier Guridi Zaloña, en el que se hace mencion a que recientemente los tribunales de Belgica han rechazado la extradicion de la ciudadana vasca Jaione Jauregi, alegando que el Estado Español no garantiza los Derechos humanos y que hay multiples precedentes de torturas!!!





Asier logra con una nueva cuenta que ALBA TV le retwittee y inmediatamente es suspendida su nueva cuenta twitter por ordenes del Estado Español, para que no siga difundiendo los mensajes y textimonios de torturas; para que no siga reclamando #AsiloPoliticoYa en Venezuela.


Censura de Twitter por impulso Español

Ahora ya es suficiente razon denunciar torturas y pedir #AsiloPoliticoYa para que te cierren "por terrorismo" las cuentas facebook y twitter!!! Seguimos-seguiremos!!!



Impunidad para la tortura y negativa a 
investigar denuncias de tortura #MadeInSpain!
  
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, 
Inhumanos o Degradantes  


Caso Orkatz Gallastegi; Decisión adoptada por el Comité en su 48.o período de sesiones, 7 de mayo a 1.o de junio de 2012..................El Comité considera que los elementos destacados en el párrafo anterior muestran una ausencia de actividad investigativa por parte de las autoridades mencionadas que resulta incompatible con la obligación del Estado, bajo el artículo 12 de la Convención, de velar por que las autoridades competentes procedan a una investigación pronta e imparcial siempre que haya motivos razonables para creer que se haya cometido un acto de tortura. El Comité no encuentra, en el expediente que tiene ante sí, una justificación suficiente para m que las autoridades judiciales no hayan practicado pruebas adicionales al examen de los informes médico-forenses. El Comité considera que dichas pruebas adicionales eran pertinentes, ya que aunque en regla general los informes médico-forenses son importantes para probar la existencia de tortura, a menudo son insuficientes y deben ser comparados con información obtenida por otros medios . El Comité concluye, por consiguiente, que los hechos que tiene ante sí ponen de manifiesto una violación por el Estado parte del artículo 12 de la Convención. ..................El Comité considera que el Estado parte tiene la obligación de proporcionar al autor una reparación efectiva que incluya la investigación plena y exhaustiva de las denuncias del autor, conforme al artículo 12 de la Convención. El Estado parte tiene también la obligación de evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro.

P.D.: Hay que recordar que en caso de Asier Guridi, hay multiples referencias a que denuncio las torturas el 21 de diciembre ante el Juez Garzon en la Audiencia Nacional y este, no inicio investigacion alguna o tampoco notifico diligencia alguna sobre esta denuncia de torturas hecha por Asier Guridi...




Abogado Freddy Gutierrez explica 
caso de Asier Guridi




Gracias a quienes estais tweeteando



















eskerrikasko/gracias a tod@s l@s que estais enviando textos de tweeter a @Vencancilleria @JauaMiranda @correoorinoco @RodriguezT_MIJP @PCV_Venezuela @Jaarreaza @dcabellor @PartidoPSUV @PPToriginario @Irisvarela @TsuprmoJusticia @lortegadiaz @ViceVenezuela @BlogdeMaduro @JuventudPSUV @Mpvenezolano @_provea @Gabrieladelmarp @Nuncamastortura @EmbVZLA_enEsp #tropa #AsiloPoliticoYa http://asilopoliticoya.blogspot.com/




Lectura de carta de Asier Guridi en acto 
de PakitoArriaran.org



Video de acto de la Fundacion PakitoArriaran.org de la Republica Bolivariana de Venezuela en el que el deportado politico Koldo da lectura a una carta enviada por el revolucionario Asier Guridi Zaloña al acto.
Lectura de comunicado tras acto a favor
 de Asier Guridi




Concentracion ante el Ministerio de Interior de Venezuela para solicitar la libertad del revolucionario Colombiano Julian Conrado y del revolucionario vasco Asier Guridi Zaloña.
"BARRUKO ARRASTUAK" (las huellas interiores)
 

En este reportaje se trata sore las huellas internas de personas oñatiarras que han sufrido torturas. Reportaje sobre el documental de testimonios de ciudadanos de Oñati (Pays Vasco), localidad de origen del revolucionario Asier Guridi Zaloña, sobre sus experiencias y padecimientos con la tortura. El Estado Español tortura sistematicamente a los revolucionarios vascos para tener sometido y aterrorizado a toda la ciudadania vasca!!! NO A LA EXTRADICION!!! ASILO POLITICO YA!!!!

Este reportaje de la Television Hamaika TB es realizado en euskera (dicha television es un proyecto de impulsar una television en el idioma euskera) y informa sobre la realizacion de un trabajo que ha elaborado la seccion local de Oñati de euskal memoria (iniciativa para recuperar la memoria sobre torturas, asesinatos, desapariciones, persecuciones y condenas ilegales al pueblo vasco). En Euskal Herria ha habido una represion feroz que ha mantenido en el silencio y anonimato gran parte del sufrimiento generado por el Estado Español, es ahora cuando se trata de recuperar esa memoria...


Rafael Uzcategui apoya #AsiloPoliticoYa 
para Asier Guridi

Rafael Uzcategui, secretario general del partido PPT de Venezuela y miembro del Consejo de Estado de la Republica Bolivariana de Venezuela, revolucionario que ha luchado contra dictaduras en Venzuela habiendo sido detenido y privado de libertad por ello... se reporta retweeteando un tweet de Asier Guridi Zaloña en el que se ofrece la posiblidad de acceder a los testimonios de torturas y se solicita Asilo Politico en Venezuela!!! #AsiloPoliticoYa Lortuko dugu!!!




¡La Solidaridad es la ternura de los pueblos! 
Hamaika herri borroka bakarra!!!

Vamos a conseguir #NoALaExtradicion 


Lortuko dugu!!!
El partido PPT (Patria Para Todos) de Venezuela y, integrante del Gran Polo Patriotico que apoya al gobierno revolucionario de Venezuela, se reporta retweeteando un tweet de Asier Guridi Zaloña en el que se ofrece la posiblidad de acceder a los testimonios de torturas y se solicita Asilo Politico en Venezuela!!! #AsiloPoliticoYa Lortuko dugu!!!


TESTIMONIOS DE TORTURAS DE OÑATI
 (PAYS VASCO)


En el presente video, que es un trailer sobre un trabajo mas extenso, se pueden ver varios testimonios de vecinos de Oñati (Pays Vasco), localidad natal de Asier Guridi, en el que victimas de torturas se expresan sobre sus experiencias!!! En Euskal Herria ha habido miles de torturados, aun en el dia de hoy hay muchas personas que no cuentan las experiencias traumaticas vividas.... El Estado Español utiliza de forma sistematica la tortura contra los vascos a los que considera un grave peligro para su idolatrada "España, una, grande y libre"... Las torturas del Estado Español no tienen mucha diferencia sobre las Torturas de Pinochet, sobre las torturas de Videla,...buscan informacion, autoconfesiones, aceptacion de hechos imputados y en definitiva quebrar la voluntad del detenido, convirtiendolo en un "muñeco" con el que juegan y hacen lo que quieren durante el periodo de detencion. El Estado Español no garantiza la integridad fisica de los vascos y concretamente esta en grave riesgo la integridad psiquica y fisica de Asier Guridi en caso de extradicion!!!

NO A LA EXTRADICION, SI AL ASILO POLITICO!!!  

 

martes, 10 de diciembre de 2013

Partido Comunista de Venezuela se reporta retweeteando sobre Asier Guridi


ALBA TV amplifica el mensaje 
a favor de #AsiloPoliticoYa

Son muchas las personalidades de Venezuela y Euskal Herria que estan mostrando su adhesion y apoyo para que Asier Guridi Zaloña no sea objeto de una eventual extradicion a España y que se le conceda#AsiloPoliticoYa en Venezuela para que pueda hacer una vida normal con su familia. Esta vez hemos tenido la oportunidad de ver como ALBA TV ha retwiteado un mensaje de Asier Guridi en solicitud de #AsiloPoliticoYa y con un link que conduce al blog http://asilopoliticoya.blogspot.com en el que se relatan las torturas y malos tratos sufridos en España durante detencion y periodo de privativa de libertad.